Funciones y deberes- Secretaria Secretaria de Desarrollo Regional y Ordenamiento Territorial
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Secretaria de Desarrollo Regional y Ordenamiento Territorial
Actuar como gestor y promotor del desarrollo Regional del Departamento de Bolívar.
Facilitar y apoyar a las Secretarias misionales en la identificación de los • problemas y necesidades del departamento, por ZODES.
Coordinar, facilitar y apoyar la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos del Plan de Desarrollo, en los diferentes ZODES.
Gestionar iniciativas de carácter regional identificadas en el Plan de Desarrollo Nacional y actores del sector público o privado interesados en la integración y desarrollo regional del departamento de Bolívar.
Gestionar recursos de cooperación nacional e internacional, en coordinación de la Secretaría de Planeación, para el desarrollo de proyectos de impacto regional, que contribuyan al desarrollo del departamento de Bolívar.
Dirigir el proceso de planeación del ordenamiento ambiental y territorial del departamento de Bolívar.
Dirigir, coordinar y orientar los procesos de los sistemas de información especializados para la planificación del ordenamiento territorial y ambiental.
Dirigir el diseño de planes, programas y proyectos de ordenamiento territorial y ambiental; orientados al mejor uso y aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales.
Definir las políticas de asentamientos poblacionales y centros urbanos, de tal manera que facilite el desarrollo de su territorio.
10. Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal.
Las demás que le sean asignadas en el ámbito de su competencia.
Integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales departamentales, los de sus municipios y entidades territoriales indígenas.
12 Elaborar y adoptar planes de ordenamiento para la totalidad o porciones específicas de su territorio.
Establecer las directrices y orientaciones específicas para el ordenamiento del territorio en los municipios que hacen o harán parte del Área Metropolitana del Distrito de Cartagena y los municipios correspondientes a esta, la cual será ejercida con observancia a los principios para el ejercicio de las competencias establecidos en la ley.
Implementar programas de protección especial para la conservación y recuperación del medio ambiente;
Elaborar planes integrales de desarrollo metropolitano con perspectiva de largo plazo, incluyendo el componente de ordenamiento físico territorial y el señalamiento de las normas obligatoriamente generales que definan los objetivos y criterios a los que deben acogerse los municipios al adoptar los planes de ordenamiento territorial en relación con las materias referidas a los hechos metropolitanos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Áreas Metropolitanas.
Articular con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos en materia de Ambiente y protección de los recursos naturales.
Coordinar y dirigir, con asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales que se realicen en el territorio del departamento.
Desarrollar las funciones contempladas en el Artículo 64 de la Ley 99 de 1993, en materia ambiental.
Articular, con las diferentes Secretarias y Entidades descentralizadas del Departamento, la ejecución de proyectos de impacto regional, de conformidad con las competencias de cada una de ellas.