Funciones y deberes- Secretaria Secretaria de Desarrollo Regional y Ordenamiento Territorial

Secretaria de Desarrollo Regional y Ordenamiento Territorial

  • Actuar como gestor y promotor del desarrollo Regional del Departamento de Bolívar.
  • Facilitar y apoyar a las Secretarias misionales en la identificación de los • problemas y necesidades del departamento, por ZODES.
  • Coordinar, facilitar y apoyar la ejecución de políticas, planes, programas y proyectos del Plan de Desarrollo, en los diferentes ZODES.
  • Gestionar iniciativas de carácter regional identificadas en el Plan de Desarrollo Nacional y actores del sector público o privado interesados en la integración y desarrollo regional del departamento de Bolívar.
  • Gestionar recursos de cooperación nacional e internacional, en coordinación de la Secretaría de Planeación, para el desarrollo de proyectos de impacto regional, que contribuyan al desarrollo del departamento de Bolívar.
  • Dirigir el proceso de planeación del ordenamiento ambiental y territorial del departamento de Bolívar.
  • Dirigir, coordinar y orientar los procesos de los sistemas de información especializados para la planificación del ordenamiento territorial y ambiental.
  • Dirigir el diseño de planes, programas y proyectos de ordenamiento territorial y ambiental; orientados al mejor uso y aprovechamiento del suelo y de los recursos naturales.
  • Definir las políticas de asentamientos poblacionales y centros urbanos, de tal manera que facilite el desarrollo de su territorio.
  •  10. Orientar la localización de la infraestructura física-social de manera que se aprovechen las ventajas competitivas regionales y se promueva la equidad en el desarrollo municipal.
  • Las demás que le sean asignadas en el ámbito de su competencia.
  • Integrar y orientar la proyección espacial de los planes sectoriales departamentales, los de sus municipios y entidades territoriales indígenas.
  •  12 Elaborar y adoptar planes de ordenamiento para la totalidad o porciones específicas de su territorio.
  • Establecer las directrices y orientaciones específicas para el ordenamiento del territorio en los municipios que hacen o harán parte del Área Metropolitana del Distrito de Cartagena y los municipios correspondientes a esta, la cual será ejercida con observancia a los principios para el ejercicio de las competencias establecidos en la ley.
  • Implementar programas de protección especial para la conservación y recuperación del medio ambiente;
  • Elaborar planes integrales de desarrollo metropolitano con perspectiva de largo plazo, incluyendo el componente de ordenamiento físico territorial y el señalamiento de las normas obligatoriamente generales que definan los objetivos y criterios a los que deben acogerse los municipios al adoptar los planes de ordenamiento territorial en relación con las materias referidas a los hechos metropolitanos, de acuerdo con lo previsto en la Ley de Áreas Metropolitanas.
  • Articular con el Ministerio de Ambiente y Desarrollo Sostenible, la formulación y ejecución de planes, programas y proyectos en materia de Ambiente y protección de los recursos naturales.
  • Coordinar y dirigir, con asesoría de las Corporaciones Autónomas Regionales, las actividades de control y vigilancia ambientales intermunicipales que se realicen en el territorio del departamento.
  • Desarrollar las funciones contempladas en el Artículo 64 de la Ley 99 de 1993, en materia ambiental.
  • Articular, con las diferentes Secretarias y Entidades descentralizadas del Departamento, la ejecución de proyectos de impacto regional, de conformidad con las competencias de cada una de ellas.
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