Cobro Coactivo

La Oficina de Cobro Coactivo de la Gobernación de Bolívar tiene como objetivo adelantar los procedimientos de ley para el cobro y recaudo de las obligaciones, claras, expresas y exigibles a favor del Departamento de Bolívar, por concepto del no pago de impuestos, multas, anticipos, retenciones, estampillas, reintegros, costas procesales, intereses, sanciones y demás recursos que constituyan créditos en favor del ente territorial.

Notificación WEB
Impuesto Vehicular
Multas de Transito Departamental
Impuesto Degüello de Ganado Mayor
Estampilla Pro-Universidad de Cartagena y Pro-Hospital Universitario

NOTIFICACIÓN POR AVISO

  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí

NOTIFICACIÓN POR PUBLICACIÓN

  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí

NOTIFICACIÓN POR AVISO

  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí

NOTIFICACIÓN POR AVISO

  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí

NOTIFICACIÓN POR AVISO

  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí
  • El JEFE DE LA OFICINA DE COBRO COACTIVO DEL DEPARTAMENTO DE BOLÍVAR, en uso de sus facultades legales y especialmente las conferidas por los Decretos N° 58 del 3 de Febrero de 2017, Decreto N° 54 del 3 de Febrero de 2017 y Decreto 537 de 05 de octubre del 2020,  así como las establecidas en el Decreto N° 165 de 2008, modificado por los Decretos N° 414 del 27 de agosto de 2013, N° 604 del 28 de marzo de 2017, N° 483 del19 de noviembre de 2018, los artículos 826 y subsiguientes del Estatuto Tributario Nacional (Decreto 624 de 1989), y demás normas concordantes, libró mandamientos de pago a favor de la Gobernación de Bolívar, contra los deudores de multas impuestas por infracciones a las normas de tránsito relacionadas a continuación: Ver Aquí
  • Notificación por AVISO EN PAGINA WEB de Mandamientos de Pago con cobro de vigencias2012-2016. (Septiembre 28 de 2021):  Ver Aquí 

Ponte al día con el Pago de tus Impuestos

La Gobernación de Bolívar trabajar arduamente por el pueblo, por eso se han habilitado las páginas de tramites donde se puede liquidar de manera ágil el pago de tus impuestos.

Línea de atención: (605) 6517444
Ext. 2308
Correo:
[email protected]

Tamaño de fuente
Contraste
Skip to content